viernes, 9 de abril de 2010

Cualquier productor, importador o comercializador de un producto puede aplicar

Naturaleza voluntaria
• Aplica principios 14020
• Conformidad con legislación ambiental
• Consideración ciclo de vida del producto
• Criterios para diferenciar ambientalmente productos
• Criterios alcanzables
• Criterios deben considerar Aptitud del producto para el uso (recomendación
uso normas de producto)• Periodo de validez y revisión
• Elaboración de criterios con base en consenso y participación de todas partes
interesadas
• Conformidad verificables con métodos reconocidos (normas) reproducibles y
repetibles
• Transparencia
• No debe crear barreras técnicas al comercio
• Accesible a todos los posibles solicitantes
• Base científicas y técnicas para definir criterios
• Prevención de conflictos de intereses
• Costos y tarifas bajas para permitir mayor accesibilidad
• Confidencialidad
• Reconocimiento mutuo
El Programa colombiano de ecoetiquetado corresponde al tipo I de etiquetado
ambiental según ISO, es administrado por el Ministerio del Medio Ambiente para
garantizar su independencia, credibilidad, estabilidad y respuesta institucional.

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